Sobre el criterio que debe seguirse para reconocer el gasto relacionado con un contrato de arrendamiento operativo que incorpora un periodo de carencia. Segun consulta 3 del BOICAC 87 de sept 2011, el periodo de carencia computa en el devengo del coste del arrendamiento, considerandose una distribuición lineal del gasto por dicho concepto.
http://www.icac.meh.es/Consultas/Boicac/ficha.aspx?hid=420