REAL DECRETO-LEY 4/2013, DE 22 DE FEBRERO (4/4)

Estímulos a la contratación laboral de jóvenes -hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%-:

• La cuota de la empresa a la Seguridad Social se reducirá en un 75% para empresas demás de 250 trabajadores y en un 100% para el resto, cuando se contrate a tiempo parcial con vinculación formativa a menores de 30 años sin experiencia laboral previa o que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses.

Los autónomos y las empresas de hasta 9 trabajadores se beneficiarán de una reducción del 100% de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año por la contratación indefinida de un desempleado menor de 30 años.

• Contrato «primer empleo joven»: modificación del actual contrato temporal para contratar a menores de 30 años desempleados sin experiencia profesional previa, con incentivos a su trasformación en indefinido (bonificación de 500 euros/año durante 3 años o 700 euros si se suscribe con mujeres).

• Contrato en prácticas. Se introducen incentivos para que aquellos jóvenes de hasta 30 años que hayan terminado su periodo formativo puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su titulación. Se establecerá una reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes de hasta el 50 por 100.

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