Sobre la información a incluir en la memoria de los saldos con las Administraciones Públicas y, en particular, si los citados créditos y débitos deben calificarse como instrumentos financieros. Según la consulta 2 publicada en el BOICAC 87 de sept 2011, los saldos activos y pasivos con administraciones públicas no tienen la consideración de activos o pasivos financieros, por lo que no deben presentarse en las cuentas anuales en las notas de información de los mismos sino en la nota de saldos con administraciones publicas.
http://www.icac.meh.es/Consultas/Boicac/ficha.aspx?hid=419